LEY 2173 DE 30 DE DICIEMBRE 2021 ó LEY DEL ÁRBOL


Ley 2173 de 2021: Empresas medianas y grandes obligadas a sembrar mínimo dos árboles por empleado anualmente Con la expedición de la Ley 2173 del 30 de diciembre de 2021, el Congreso de la República adoptó medidas para la promoción de la restauración ecológica mediante la creación de “áreas de vida” y bosques en el territorio nacional.

Como parte de dichas medidas, se estableció la obligación en cabeza de todas las medianas y grandes empresas debidamente registradas en Colombia, de desarrollar anualmente programas de siembra de árboles, bajo las siguientes condiciones: Los costos del programa deben ser asumidos por la empresa.

La siembra se desarrollará en las zonas establecidas por las autoridades municipales, según los lineamientos de las autoridades ambientales (regionales o locales) competentes. El programa debe prever la siembra de mínimo dos árboles por empleado.

Los árboles sembrados deben ser de especies nativas y deben cumplir con criterios técnicos de especie, piso térmico, fitosanidad, suelo y demás requisitos que establezcan las autoridades. Las jornadas de siembra serán actividades internas de las empresas y deberán desarrollarse durante la jornada laboral y con observancia de los protocolos de seguridad ocupacional.

Las empresas deben cumplir con la obligación anualmente, a partir del año siguiente a la promulgación de la ley. Como resultado, las autoridades municipales expedirán el Certificado Siembra Vida Empresarial. El programa de siembra establecido en esta ley es diferente a cualquier otra obligación ambiental.

El Decreto 1074 de 2015 establece la clasificación del tamaño empresarial, según los ingresos ordinarios y de acuerdo con el sector económico. Quedarán exentas las empresas liquidadas, disueltas, inactivas o en fase de salvamento que no puedan dar cumplimiento al programa de siembra, para lo cual deberán presentar el certificado correspondiente. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible debe adoptar la reglamentación de la ley, así como las excepciones que resulten aplicables, dentro de los 6 meses siguientes a su expedición, es decir, a más tardar en junio de 2022.

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PREGUNTAS FRECUENTES DE LAS EMPRESAS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 2173.

¿ Si es 2023 y no he realizado la certificación puedo incurrir en sanciones ? 

Si, si el Ministerio de Ambiente revisa en  su sistema que su compañía no se encuentra en ningún proceso de restauración en áreas de vida aprobadas para desarrollar el cumplimiento de la ley ,  podrán incurrir en sanciones ambientales de las mas exigentes en Colombia, salvo que este el proceso de exención por el primer año, cumpliendo todos los requisitos establecidos para este, si no  tiene certificado de exención no se da cumplimiento a la exención.

¿ Tiene que ser necesaria la siembra en la locación  de mi compañía  ? / ¿ si mi empresa tiene sedes en ej. Bogotá y Cúcuta, debo sembrar arboles en cada ciudad ?

No, no es necesario dado que las empresas tienen la autonomía de elegir el programa de restauración en el área de vida de su preferencia.

¿ Se pueden Juntar procesos o requisitos como: disminución de impuestos o responsabilidad ambiental con la ley 2173? 

No, como se especifica en el Titulo 3 Parágrafo 4. Todos los programas de restauración que trata el presente proyecto de ley serán iniciativas diferentes a los requisitos ambientales dispuestos por las actividades comerciales de las empresas que requieran licencia o trámite ambiental.

¿ Realizan el proceso de Cumplimiento para empresas que tuvieron problemas en pandemia según el articulo 5 del titulo 3 ?

Si, realizamos proceso de acompañamiento y certificación de exención por el primer año de la ley es decir el año 2023, además de asesorar y realizar cumplimiento a final e terminos.

BENEFICIOS PARA PERSONAS NATURALES 

Quien obtenga el Certificado Siembra Vida Buen Ciudadano de acuerdo a lo establecido en la presente ley, tendrá acceso a los siguientes beneficios:

a. El menor de edad que ingrese a una institución oficial de educación superior y haya obtenido el Certificado Siembra Vicia Buen Ciudadano en el año inmediatamente anterior, podrá ser beneficiario de un descuento hasta del 10% en el costo de la matrícula, por el primer semestre o periodo académico. Cada institución de. educación superior definirá la aplicación de este numeral de acuerdo con la viabilidad económica y 'en pleno ejercicio de la autonomía universitaria. , ­

b. Quien como estudiante de una institución oficial de educación superior obtenga el Certificado Siembra Vida Buen Ciudadano en el año inmediatamente anterior al inicio del periodo académico podrá ser beneficiario dé un descuento hasta del 5% en el costo de la matrícula, por una única vez. . Cada institución de educación superior definirá la aplicación de este numeral de acuerdo con la viabilidad económica y en pleno ejercicio de la autonomía universitaria.

c. Quien obtenga el Certificado Siembra Vida Buen Ciudadano tendrá derecho al 10% de descuento en el valor a cancelar por concepto del trámite de apostilla o legalizaCión de documentos.

d. Quien obtenga el Certificado Siembra Vida Buen Ciudadana tendrá derecho al 10% de descuento en el valor, a cancelar por concepto de copia de registro civil de nacimiento.

e. Quien obtenga el Certificado Siembra Vida Buen Ciudadano tendrá derecho al 10% en el valor a cancelar por concepto de expediciqn de certificado de tradición y libertad de inmuebles.

¿ Cuanto tiempo tarda Reforcol en realizar el cumplimiento para la certificación ?

Si su pedido de siembra va de 500 a 1000 árboles el tiempo máximo de entrega es de dos meses .

¿ Ayudan en el proceso de gestión para obtención de áreas de vida para empresas reforestadoras  ?

Si, ofrecemos el servicio de consultoría y auditoria sobre su compañía reforestadora de cualquier índole. 

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